馃嚘馃嚪 Cambio de regulaci贸n respecto al parking del d贸lar financiero

馃嚘馃嚪 Cambio de regulaci贸n respecto al parking del d贸lar financiero 1024 640 Poincenot
parking-d贸lar-financiero

La Comisi贸n Nacional de Valores (CNV) dispuso cambios en la operatoria del d贸lar financiero (Contado con Liquidaci贸n). La Resoluci贸n General 957/23 define nuevos plazos de permanencia (parking) relativos a la concertaci贸n de operaciones con valores negociables con liquidaci贸n en moneda y jurisdicci贸n extranjera, estableciendo diferencias seg煤n la ley bajo la cual hayan sido emitidos.

Moneda extranjera en jurisdicci贸n extranjera

La Resoluci贸n General 957/23 de la Comisi贸n Nacional de Valores, estableci贸 que para liquidar valores negociables en moneda extranjera en jurisdicci贸n extranjera, deber谩 respetarse una tenencia m铆nima del valor negociable de: 

  • Un d铆a h谩bil para las argentinas, contados desde la acreditaci贸n en el Agente Depositario Central de Valores negociables. 
  • Tres d铆as h谩biles para las extranjeras, contados desde la acreditaci贸n en el Agente Depositario Central de Valores negociables. 

Esos plazos no contar谩n cuando se trate de compras de valores negociables con moneda extranjera y en jurisdicci贸n extranjera.

Moneda nacional a entidades en el exterior

Por otro lado, cuando se trate de transferencias de valores negociables adquiridos con liquidaci贸n en moneda nacional a entidades en el exterior, se deber谩 respetar una tenencia de dos d铆as h谩biles contados desde su acreditaci贸n en el Agente Depositario central de Valores negociables. La excepci贸n es cuando dicha acreditaci贸n sea producto de la colocaci贸n primaria de valores negociables emitidos por el Tesoro, acciones y/o CEDEARS, con negociaci贸n en mercados regulados por CNV. 

Las Alycs deber谩n constatar el cumplimiento de los plazos de tenencia. 

Con b.trader, nuestro canal digital de inversiones marca blanca, las entidades financieras pueden ver reflejado el cambio de la operatoria en minutos.